El Boletín oficial de Cantabria recoge hoy el anuncio del Instituto cántabro de servicios sociales (ICASS) sobre la resolución de 8 de mayo de 2023 por la que se convocan plazas y se establecen los criterios para su adjudicación en los Centros de atención a la primera infancia dependientes del ICASS para el periodo comprendido entre el 1 de septiembre de 2023 y el 31 de agosto de 2024.
El plazo de presentación de solicitudes en los centros será de quince días hábiles contados a partir de mañana jueves. En este enlace al BOC se pueden conocer todos los datos, sobre requisitos, precios y documentación a presentar : https://boc.cantabria.es/boces/verAnuncioAction.do?idAnuBlob=389110
En el Centro de atención a la primera infancia de Castro Urdiales se ofertan las siguientes plazas:
- año 13 plazas (+ 2 reservadas para menores derivados por el Servicio de atención a la infancia, adolescencias y familia (SAIAF)
1-2 años 30 plazas (+ 1 SAIAF)
2-3 años 24 plazas (+ 1 SAIAF)
Los Centros de Atención a la Primera Infancia dependientes del ICASS, cinco en Cantabria, son centros destinados a prestar a las familias el apoyo necesario, estableciendo cauces que permitan la conciliación de la vida familiar y laboral, prevenir posibles situaciones de desprotección, a la vez que pueden desarrollar entre sus actividades una oferta educativa en consonancia con las necesidades y características evolutivas de la población que atiende, así como desarrollar programas de promoción y apoyo de competencias parentales para los padres y madres.
Personas destinatarias
- Podrán solicitar plazas en los Centros de Atención a la Primera Infancia, los padres, madres o personas que ejerzan la guarda de los niños residentes en la Comunidad Autónoma de Cantabria cuyas edades estén comprendidas entre los cero y tres años. En todo caso, los solicitantes habrán de residir legalmente en España.
- . Será requisito para solicitar la admisión que el único progenitor o ambos progenitores o guardadores que estén en edad laboral, estén trabajando o inscritos como demandantes de empleo, con la excepción de las personas perceptoras de pensiones públicas por invalidez y de aquellas que no puedan tener la condición de demandantes de empleo a tenor de las normas reguladoras de los Servicios Públicos de Empleo.
- Podrán presentarse solicitudes para bebés nacidos hasta la fecha de publicación de esta Resolución, sin perjuicio de que puedan presentarse solicitudes tras el nacimiento, para su inclusión en la lista de espera regulada en el artículo 10 de esta Resolución.
- Tendrán acceso directo a una plaza aquellos niños que ya hubieran disfrutado de plaza para el curso 2022-2023, si cumplen las demás condiciones de esta Resolución y siempre que presenten solicitud en el plazo establecido.
- Por cada niño o niña solamente podrá solicitarse plaza en dos de los Centros de Atención a la Primera Infancia recogidos en el Anexo I de esta resolución, indicando en la solicitud el orden de preferencia. Si el menor obtiene plaza en el Centro marcado como primera opción, no figurará en la lista del Centro seleccionado como segunda opción.
- No podrán obtener plaza con arreglo a esta convocatoria los solicitantes que tengan pendientes de pago cuotas del período anterior ni aquellos que tengan deudas vencidas con el Gobierno de Cantabria por cualquier concepto.
Las plazas de los centros se ofrecen a los solicitantes estableciendo un baremo de admisión que pretende primar las solicitudes que se adecuan a los objetivos de centros, de conformidad con lo previsto la Ley de Cantabria 8/2010, de 23 de diciembre, de garantía de derechos y atención a la infancia y adolescencia.
A fin de agilizar la gestión de las plazas de los centros, se prevé la posibilidad de que por resolución de la Directora del Instituto Cántabro de Servicios Sociales, se modifique el número de plazas en cada tramo de edad, de modo que se puedan redistribuir según la demanda.

































