A partir del 10 de enero de 2026, todos los pescadores recreativos deberán registrar electrónicamente sus capturas mediante la nueva aplicación PescaREC, en cumplimiento de un reglamento, aprobado por el Consejo y Parlamento europeo. El objetivo de esta medida es mejorar el seguimiento y la protección de las especies pesqueras, permitiendo una gestión sostenible de los recursos.
Cabe aclarar que no hay que declarar todo lo que se pesca, sino solo las especies sometidas a medidas de protección.
Con el fin de facilitar el cumplimiento de esta nueva obligación, la Secretaria General de Pesca ha desarrollado ese sistema electrónico, que consiste en la aplicación móvil denominada PescaREC, que permitirá a los pescadores registrar y notificar sus capturas de forma sencilla y rápida. La aplicación está disponible para descargar en Google Play Store y App Store.
La obligación de registro afecta a cualquier actividad de pesca marítima de recreo realizada tanto en aguas exteriores como interiores a bordo de embarcaciones o desde tierra.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 55 del citado Reglamento, todo pescador que capture cualquiera de las especies recogidas en dicho artículo deberá declarar diariamente las capturas, tanto las retenidas como las devueltas al mar o incluso cuando no haya obtenido ninguna captura en la jornada de pesca.
Para poder acceder y utilizar la aplicación PescaREC, el pescador deberá disponer en vigor de una licencia de pesca marítima de recreo emitida por una Comunidad o Ciudad Autónoma.
Las especies que deberán ser objeto de declaración comprenden las especies sometidas a medidas de protección diferenciada, así como las especies pesqueras para las que la Unión haya fijado posibilidades de pesca, o aquellas que estén incluidas en un plan plurianual o sujetas a la obligación de desembarque, y para las que los dictámenes científicos del Comité Científico, Técnico y Económico de Pesca (CCTEP), del Consejo Internacional para la Exploración del Mar (CIEM) o de un organismo científico equivalente determinen que la pesca recreativa tiene repercusiones importantes en la mortalidad por pesca.
La ley española ya prevé que se debe disponer de una autorización específica para capturar determinadas especies en la pesca de marítima de recreo: el atún blanco, el atún rojo, el patudo, el pez espada, los marlines, las agujas, el pez vela, la merluza y el besugo. La diferencia es que ahora tendrán que comunicarlo mediante este dispositivo electrónico.
Además, a través de esta plataforma se podrán solicitar autorizaciones para especies protegidas y realizar los preavisos de pesca de atún rojo.
































