La Consejería de Presidencia, Justicia, Seguridad y Simplificación Administrativa del Gobierno de Cantabria ha hecho pública la resolución de concesión de subvenciones a las entidades locales menores de la Comunidad Autónoma de Cantabria (Juntas vecinales) destinadas a financiar sus gastos corrientes. El importe total a repartir asciende a 321.668 euros.
En la relación, publicada hoy en el Boletín oficial de Cantabria, se incluyen ayudas a siete de las nueve juntas vecinales de Castro Urdiales. Otañes y Lusa han quedado fuera de esta relación.
En el caso de Otañes por no haber alegaciones a la propuesta de resolución provisional, y no reunir los requisitos exigidos en la normativa de aplicación, esto es, estar adherida o haber solicitado su adhesión al portal de transparencia ASUBIO, con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes (artículo 4.2.c de la orden de Convocatoria, en concordancia con el artículo 3.2.c de la orden reguladora de las bases. La misma razón por la que el pasado año ninguna de las nueve Juntas vecinales de Castro obtuvo ayudas para financiar sus gastos corrientes.
En cuanto a Lusa, se le deniega la subvención por figurar con código negativo en la Agencia Estatal de Administración Tributaria y no haber presentado alegaciones a la propuesta de resolución provisional.
El resto de pedanías de Castro si recibirán subvención con estas cuantías:
Sámano, Mioño, Santullán y Ontón, 2.052 euros cada una de ellas; Oriñón, 1.231 euros; Cerdigo e Islares, 1.642 euros cada una.
Contra la presente resolución, podrá recurrirse potestativamente en reposición ante la consejera de Presidencia, Justicia, Seguridad y Simplificación Administrativa, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, o ser impugnada directamente ante el órgano jurisdiccional contencioso‒administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Preservar la labor de las juntas en beneficio de los vecinos
En concreto, un total de 307 juntas vecinales y concejos recibirán este año el apoyo económico del Ejecutivo autonómico, una ayuda económica que se destina a financiar gastos corrientes originados en el mantenimiento de la organización administrativa y en la prestación de servicios a los vecinos.
La consejera de Presidencia, Isabel Urrutia, ha resaltado la importancia de estas ayudas para asegurar el funcionamiento de las juntas vecinales y concejos de Cantabria y, en consecuencia, “preservar la labor que realizan beneficio de los pueblos y vecinos”.
En este contexto, ha recordado que el presupuesto destinado a las entidades locales de Cantabria es el más alto en la historia de la comunidad, tanto en recursos y ayudas como a la partida destinada al fondo de cooperación local. “El Gobierno mantiene su compromiso con las mancomunidades, ayuntamientos y las entidades locales menores”, ha subrayado.
Igualmente, Isabel Urrutia ha apuntado la última mejora introducida en las bases reguladoras de estas ayudas en el ámbito de la simplificación administrativa para que juntas vecinales y concejos abiertos “ahorren en tiempo y dinero” y accedan “más fácilmente” a las mismas.
Y es que en la próxima convocatoria del Gobierno cántabro se reducirán los trámites y cargas administrativas en el sistema de concesión de las subvenciones. Esta nueva normativa autonómica se une a la aprobada para las ayudas a las mancomunidades con el mismo fin de agilizar los trámites, incrementar la seguridad jurídica y eliminar la presentación de documentos innecesarios.
Así, se eliminará la obligación de que las entidades locales menores justifiquen la liquidación del presupuesto a 31 de marzo del año siguiente al de la convocatoria, puesto que se trata de una obligación legal establecida en otras normas locales y nacionales. Además, se ha considerado que el cumplimiento de esta obligación no está necesariamente vinculada a la justificación de la subvención para gastos de funcionamiento.
Frente a ello, a estas entidades se les exigirá únicamente una justificación del coste de la actividad subvencionada, esto es, de los gastos corrientes para su normal funcionamiento en el año de cada convocatoria.
Por otra parte, se exige el presupuesto definitivo publicado en el BOC, previsto ya en la normativa autonómica y presupuestaria estatal, y para optar a estas ayudas se considerará el presupuesto aprobado o el prorrogado para el ejercicio de la convocatoria.