El Boletín oficial de Cantabria recoge hoy el anuncio de la Dirección general de Urbanismo y Ordenación del territorio, dependiente de la Consejería de Fomento sobre el informe ambiental estratégico de la modificación puntual del Plan parcial SUNP-4 del Plan general de ordenación urbana de Castro Urdiales (zona de La Loma).
El anuncio se puede consultar en este enlace: https://boc.cantabria.es/boces/verAnuncioAction.do…
Con fecha 8 de marzo de 2022, la mercantil Acciona Inmobiliaria SLU remitió a la Dirección General de Ordenación de Urbanismo y Ordenación del Territorio, la documentación ambiental y urbanística correspondiente a la Modificación Puntual del Plan Parcial SUNP 4, a los efectos de tramitación del expediente.
La modificación puntual del PP SUNP 4 tiene un doble objetivo:
por un lado, subsanar y corregir la delimitación del sector recogida en el Plan Parcial aprobado, que viene determinada por la resolución de Alcaldía, de fecha 6 de junio de 2013 por la que se notificó a la Junta de compensación la necesidad de modificar el Plan Parcial para «ajustar sus límites a los establecidos por el PGOU», al haberse «incluido dentro de este sector un área clasificada por el PGOU como suelo urbano y calificado como equipamiento sanitario-asistencial, mientras que el Plan Parcial lo califica como residencial.
Por otro lado, se ha excluido un área que quedaría sin definir. Además, se recogen aspectos relacionados con la ordenación detallada del sector en base a criterios de oportunidad (adecuación de las tipologías a la realidad socioeconómica actual) o viabilidad técnico-económica (máxima adaptación a la realidad topográfca y geotécnica, optimización de la urbanización, introducción de criterios de sostenibilidad y eficiencia).
Dicha modificación puntual no ha de ser objeto del procedimiento de evaluación ambiental estratégica ordinaria, no siendo precisa la preparación y presentación del Estudio Ambiental Estratégico. Lo anterior se entiende sin perjuicio de informar al órgano ambiental de cualquier modificación sustancial posterior de la propuesta de Modificación Puntual, para determinar si la misma pudiera tener efectos significativos sobre el medio ambiente.