El Boletín oficial de Cantabria publica hoy el anuncio del Ayuntamiento de Castro Urdiales con la resolución de las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos a los procesos de estabilización de 60 plazas de interinos y laborales, con el fin de reducir la temporalidad, correspondiente a la oferta extraordinaria instaurada por la Ley 20/2021.
Se pueden consultar las listas en este enlace al BOC:
https://boc.cantabria.es/boces/verAnuncioAction.do?idAnuBlob=386354
Tras la publicación de las listas se da un plazo de diez días hábiles para subsanaciones, o en su caso para efectuar las alegaciones que estimen oportunas a la causa de exclusión.
Durante el citado periodo de 10 días hábiles los listados provisionales podrán ser examinados por los interesados en las dependencias municipales de la casa consistorial del Excmo. Ayuntamiento de Castro Urdiales así como en la sede electrónica de este Ayuntamiento (http://sedeelectrónica.castro-urdiales.net).
Concluido este plazo, se publicarán las listas definitivas de personas admitidas y excluidas en el proceso selectivo de estabilización para la reducción de temporalidad correspondiente al Ayuntamiento de Castro Urdiales. La inclusión en la lista de admitidos lo es, dejando a salvo las facultades del Tribunal Calificador, para valorar, en relación con los aspirantes propuestos a nombramiento la autenticidad de las titulaciones y demás requisitos esenciales de la convocatoria.
En relación con las causas de exclusión:
1º) Se consideran subsanables toda omisión de requisitos que no habiéndose cumplimentado en el plazo de presentación de instancias, lo sea en el plazo de subsanación, siempre y cuando su presupuesto ya exista en el plazo de cierre de presentación de instancias:
- Falta de acreditación de la titulación, cuando la misma haya sido expedida previamente al referido plazo. En las plazas convocadas para turno de discapacidad, acreditación de la misma.
- Falta de acreditación del pago de la tasa de participación, siempre y cuando se justifique por cualquier medio que fue realizado durante el plazo de presentación de instancias. Siendo suficiente justificante de la entidad bancaria donde se realizó el ingreso, en la que conste el día de su ingreso.
- En el caso de haber presentado instancias para varias plazas de estabilización, y realizado un único pago de tasa de participación, se deberá concretar la plaza a la que se refiere la tasa. En su caso se justifique causa de exención de la tasa, mediante acreditación de desempleo total y ausencia de percepción de prestaciones.
- Conforme a la Base séptima, falta de concreción del código de la plaza sujeta al proceso de estabilización al que se opta. La subsanación de esta concreción, habrá de ir acompañada con el justificante del abono de tasa correspondiente al código concreto de estabilización al que se opta.
2º) Se consideran insubsanables:
a) La presentación de instancias fuera de plazo.
b) La no posesión de la titulación requerida, a la fecha de finalización de presentación de instancias.
c) La falta de pago de la tasa de participación en el proceso selectivo, referido a la plaza con código de estabilización al que se opta.