El Boletín oficial de Cantabria recoge hoy el anuncio de modificación de la plantilla de personal y relación de puestos de trabajo para la reclasificación del subgrupo C2 al C1 de las plazas de bomberos del parque de Castro Urdiales, tal y como aprobó el Pleno del Ayuntamiento el pasado 6 de marzo.
El acuerdo se somete a información pública durante 15 días para que se pueda examinar el expediente y presentar las reclamaciones que se estimen oportunas.
Cabe la interposición de recurso contencioso administrativo.
El anuncio se puede consultar en este enlace al BOC: https://boc.cantabria.es/boces/verAnuncioAction.do?idAnuBlob=386530
Por otro lado, se publica hoy también en el BOC el acuerdo por el que se establecen los criterios reguladores de la bolsa de gratificaciones de servicios extraordinarios en el servicio de extinción de incendios, el pago de ‘horas extra’ a los bomberos, aprobado por el Pleno el pasado 6 de marzo, y que incluye a bomberos-conductores, cabos, sargento y jefatura.
El acuerdo se justifica por la necesidad de garantizar durante todo el año la dotación mínima establecida de un cabo y dos bomberos-conductores así como la planificación de los refuerzos con ocasión de festividades y acontecimientos especiales, dadas las limitaciones establecidas en la normativa presupuestaria para la creación de nuevas plazas.
El pago de estas ‘horas extra’ se aplicará hasta la creación, dotación y provisión de nuevas plazas que permitan el normal funcionamiento del servicio, estableciendo un horizonte temporal hasta el 31 de diciembre de 2025.
Se considerarán los siguientes tipos de horas extraordinarias:
- a) Horas extraordinarias por fuerza mayor: son horas necesarias para prevenir o reparar un daño que pueda producirse sobre las personas o sobre el patrimonio de la empresa, derivadas de hechos que aunque previsibles, fueran inevitables. Estas horas son obligatorias para el personal y pueden remunerarse en dinero o compensarse con tiempo de descanso. No computan a efectos del máximo permitido al año en la normativa laboral (incendios, temporales, inundaciones, explosiones, terremotos, derrumbes, y supuestos de similar gravedad).
- b) Horas extraordinarias estructurales: son horas de carácter voluntario para el personal, salvo que éstas se hayan pactado en convenio colectivo o contrato individual. Son horas con las que la Administración pretende hacer frente a un aumento de la actividad. (Ej.-eventos festivos, eventos deportivos, actos con afluencia masiva de personas, impartición puntual de formación…etc).
- c) Horas extraordinarias no estructurales: son horas de carácter voluntario para el personal, no responden a necesidades excepcionales de la Administración, sino que sirven para evitar incorporar a más personal. (Ej. gestión de ausencias, cobertura de servicios mínimos…). Todo requerimiento para realizar servicios extraordinarios fuera del cuadrante anual aprobado, no ocasionado por fuerza mayor, será de carácter voluntario.
Quedarán vinculados a la Bolsa los miembros del servicio de extinción de incendios (bomberos-conductores, cabos, sargento y jefatura) que, individual y voluntariamente, comuniquen a través del Registro del Ayuntamiento su adhesión a la misma, suponiendo su compromiso con las presentes condiciones. La comunicación se realizará entre el 1 y el 20 de diciembre, y conllevará la adhesión por un periodo que comprenderá el siguiente año natural. De no realizarse la comunicación mencionada en la siguiente anualidad, se entenderá como la no adhesión para el siguiente ejercicio, siendo excluido/a de la Bolsa.
El anuncio completo se puede consultar en este enlace al BOC:
Este acuerdo entrará en vigor tras su publicación en el BOC si bien sus efectos se retrotraerán al 1 de enero de 2022.
La comunicación para la adhesión en el presente ejercicio se realizará en el plazo de veinte días naturales desde la aprobación del acuerdo y en los supuestos de nuevas incorporaciones al servicio en el plazo de veinte días naturales desde la incorporación. El plazo de vigencia del acuerdo será de un año, prorrogable tácitamente por dos periodos anuales hasta el 31 de diciembre de 2025. El acuerdo se extinguirá automáticamente en esa fecha.

































