El Boletín oficial de Cantabria recoge hoy tres anuncios sobre los acuerdos tomados por los Plenos de las Juntas vecinales de Mioño, Otañes y Sámano sobre la delegación de competencias en materia de contratación.
En base a la ley que regula las entidades locales menores, han decidido para una mayor eficacia en la gestión delegar en la Alcaldía-Presidencia de las Juntas las competencias como órgano de contratación respecto de los contratos menores, aún cuando su importe sea superior al diez por ciento de los recursos ordinarios del presupuesto. La delegación se extenderá a la aprobación de los actos administrativos de ejecución del gasto que deriven de la contratación.
Se consideran contratos menores los contratos de importe inferior a 40.000 euros, cuando se trate de contratos de obras, o a 15.000 euros, cuando se trate de suministros y servicios. Los contratos menores no podrán tener una duración superior al año ni ser objeto de prórroga. Además, se decide delegar en la Alcaldía Presidencia de las tres Juntas Vecinales las competencias como órgano de contratación respecto de los contratos de enajenación de aprovechamientos forestales en montes de naturaleza patrimonial y en montes de utilidad pública, aún cuando su importe sea superior al diez por ciento de los recursos ordinarios del presupuesto.
En el caso de Sámano, el alcalde pedáneo Jóse Mari Liendo ha firmado un decreto de delegación especial en el vocal de la Junta Óscar Ricondo Llaguno para la gestión forestal de montes y aprovechamientos forestales, así como de festejos.
La delegación especial conlleva la dirección y gestión de los servicios que comprenden, sin que en ningún caso implique la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.
La Alcaldía de la Junta conservará las facultades en relación con las competencias delegadas:
a) La de recibir información detallada de la gestión de la competencia delegada.
b) La de ser informada previamente a la adopción de decisiones de trascendencia.
c) La de avocar en cualquier momento la competencia delegada .
Retribuciones parciales
En otros tres anuncios publicados hoy se da cuenta de los acuerdos de reconocimientos de retribuciones parciales en esas tres Juntas vecinales. Por un lado, en Mioño, el Pleno acordó el pasado 4 de octubre el reconocimiento de dedicación parcial a favor de un vocal delegado en el área de atención al ciudadano e intermediación con el Ayuntamiento, cargo que desempeña desde el 2 de noviembre de 2023, fecha de la jubilación de la anterior trabajadora de la Junta, en régimen de dedicación parcial, percibiendo su titular una retribución bruta anual conforme a normativa de 7.995 euros.
Las cantidad señala se revisará anualmente a partir del próximo ejercicio, en igual cuantía que la que se determine en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para los funcionarios públicos, en lo que a sus retribuciones básicas se refiere.
La Junta Vecinal asumirá el pago de la cuota empresarial que corresponda por la Seguridad Social y efectuará las oportunas retenciones y liquidaciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Los miembros de la Junta Vecinal, incluso los que desempeñen cargos en régimen de dedicación parcial, tendrán derecho a percibir indemnizaciones por los gastos de desplazamiento y de manutención que efectúen por razón de su cargo.
Por su parte, Otañes tomó acuerdo Plenario en sesión extraordinaria de fecha 24 de julio de 2023, de reconocimiento de dedicación parcial a favor del alcalde pedáneo Jorge Cuevas, que en el desempeño de su labor desde el 1 de julio de 2023, en régimen de dedicación parcial, percibe una retribución bruta anual de 3.018,72 euros, en doce pagas.
Se entiende por jornada mínima necesaria para la percepción de las retribuciones propuestas la correspondiente al veinticinco por ciento de la ordinaria.
Las cantidad señalada se revisará anualmente a partir del próximo ejercicio, en igual cuantía que la que se determine en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para los funcionarios públicos, en lo que a sus retribuciones básicas se refiere.
La Junta Vecinal asumirá el pago de la cuota empresarial que corresponda por la Seguridad Social y efectuará las oportunas retenciones y liquidaciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Cuarto.
Los miembros de la Junta Vecinal sin dedicación parcial percibirán la cantidad de 25 € en concepto de asistencia por la concurrencia efectiva a las sesiones de los órganos colegiados de la entidad local.
Los miembros de la Junta Vecinal, incluso los que desempeñen cargos en régimen de dedicación parcial, tendrán derecho a percibir indemnizaciones por los gastos de desplazamiento y de manutención que efectúen por razón de su cargo.
Finalmente, en Sámano, por acuerdo de la Junta Vecinal adoptado en sesión extraordinaria de fecha 14 de julio de 2023 y por Decreto de la Presidencia de 11 de julio de 2023, reconoce la dedicación parcial a favor de alcalde pedáneo y del vocal delegado.
El alcalde por el desempeño de su cargo en régimen de dedicación parcial, percibe una retribución bruta anual conforme a normativa de 15.189,09 €, en catorce pagas. Se entiende por jornada mínima necesaria para la percepción de las retribuciones propuestas la correspondiente al treinta y cuatro por ciento de la ordinaria.
El cargo de vocal delegado en Área de Montes y Festejos por su cargo, en régimen de dedicación parcial, percibe una retribución bruta anual conforme a normativa 7.320,25 €, en 14 pagas. Se entiende por jornada mínima necesaria para la percepción de las retribuciones propuestas la correspondiente al veinticinco por ciento de la ordinaria.
Las cantidades señaladas se revisarán anualmente a partir del próximo ejercicio, en igual cuantía que la que se determine en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para los funcionarios públicos, en lo que a sus retribuciones básicas se refiere.
La Junta Vecinal asumirá el pago de la cuota empresarial que corresponda por la Seguridad Social y efectuará las oportunas retenciones y liquidaciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Los miembros de la Junta Vecinal sin dedicación parcial percibirán la cantidad de 50 € en concepto de asistencia por la concurrencia efectiva a las sesiones de los órganos colegiados de la entidad local.
Los miembros de la Junta Vecinal, incluso los que desempeñen cargos en régimen de dedicación parcial, tendrán derecho a percibir indemnizaciones por los gastos de desplazamiento y de manutención que efectúen por razón de su cargo.