El Boletín oficial de Cantabria recoge hoy el anuncio del Ayuntamiento de Castro Urdiales sobre la aprobación definitiva del establecimiento y exigencia del precio público por la prestación del servicio de asistencias y estancias en la Residencia municipal de mayores y la aprobación de la Ordenanza número 8.14 reguladora del precio público. La ordenanza al completo se puede consultar en este enlace al BOC:
https://boc.cantabria.es/boces/verAnuncioAction.do?idAnuBlob=423870
Al no haberse presentado reclamaciones y sugerencias durante el plazo de exposición al público contra el acuerdo provisional del Pleno del pasado 2 de junio, se aprueba definitivamente y se hace público el texto integro del acuerdo.
Cabe la interposición de recurso contencioso-administrativo.
La subida, negociada con las familias de los residentes y debatida en el Consejo rector del organismo autónomo Residencia municipal supondrá un aumento del 26,5% en los próximos 3 años (para antiguos residentes) en base al IPC acumulado desde hace 14 años, tiempo en el que no se han actualizado los precios.
De las cuatro tarifas existentes en la Residencia la más barata es de 1.004 euros mensuales y supondrá un aumento de 266 euros mensuales, y la más cara 1.519 euros aumentará en 402,50 euros.
Además se contemplan bonificaciones durante los dos primeros años y otras bonificaciones para las tarifas especiales para aquellos residentes que no tienen capacidad de pago de la tarifa mínima.
El PP votó en contra al no estar de acuerdo con esta subida aunque si apoyan una actualización anual de los precios conforme al IPC desde este año.
El importe del precio público regulado en esta Ordenanza será la que resulte de aplicar a cada beneficiario de plazas de la residencia de gestión municipal la tarifa siguiente:
-Personas válidas habitación compartida: 1270,10 €/mes
-Personas válidas habitación individual: 1497,80 €/mes
-Personas asistidas habitación compartida: 1679,92 €/mes
-Personas asistidas/habitación individual: 1921,50 €/mes
En lo sucesivo las tarifas serán actualizadas con el IPC interanual.
Tendrán derecho a la aplicación de bonificaciones o en su caso exenciones en la presente Ordenanza, aquellos usuarios del servicio sin capacidad económica suficiente para cubrir la cuota tributaria, lo que se determinará previo informe de los Servicios Sociales municipales, por acuerdo del Consejo Rector

































